Table Colombia Challenge

UserId486
Business NameFUNDACIÓN DE ÁNGELES Y MARIPOSAS
Application Date09/26/2019
Websitehttps://web.facebook.com/DEANGELESYMARIPOSAS/
Location Headquarterscr. 11 a 3-69 of. 2
Chia, Cundinamarca 250001
Colombia
Map It
Legal StatusIncorporated
Core Team Languages
  • Spanish
Contact NameLeonor Adriana Diaz Sánchez
Email AddressEmail hidden; Javascript is required.
Phone Number+57 3133258443
Problem: Describe the problem you solve.
  1. Falta de Oportunidades económicas, laborales y sociales, a través del empoderamiento de las madres de personas con Síndrome de Down y su reinserción en la vida productiva junto con sus hijos.
  2. La exclusión social, laboral y productiva que redunda en la baja calidad de vida de esta población y su familia, que se mitiga a través  de la Potencialización de habilidades sociales y productivas que permiten la inclusión social  de las personas con Síndrome de Down.
  3. La ausencia de un lugar de descanso parcial, con sano esparcimiento,en horas de almuerzo y /o de descanso de un grupo de empleados de una empresa mediana, recientemente  reubicado en la zona.
  4. La ausencia de un espacio adecuado para la venta y comercialización de productos elaborados por los chicos con síndrome de Down y/o sus madres, que se soluciona con la tienda de productos.
  5. La fata de oportunidades de trabajo, para personas con Síndrome de Down y/0 sus madres.
  6. El deterioro económico de las familias de los chicos con síndrome de Down.
  7. La sostenibilidad de la Fundación para continuar con el programa de Prevención de Suicidio que lidero.
Solution: Describe your solution and product road map

Empoderamiento de las madres de personas con Síndrome de Down para la  reinserción en la vida productiva junto con sus hijos.

Potencialización de habilidades sociales y productivas que permiten la inclusión social  de las personas con Síndrome de Down.

Puesta en marcha de un café Boutique integral , en el que los productos y servicios de los chicos con Síndrome de Down puedan venderse y que sea atendido por ellos.

Tienda de productos elaborados por las madres y/o los chicos con Síndrome de Down

 

De la venta de los productos se destinará un porcentaje para la sostenibilidad de la Fundación y sus programas.

 

 

 

Market opportunity: Describe the opportunity. Include global market size, trends and risks.

Mercado Global.

En la región  de Sabana Centro de Cundinamarca , que incluye 8 municipios , se encuentra concentrada una población potencial interesante de familias con chicos con Síndrome de Down, aproximadamente 200 familias de las cuales pretendemos alcanzar entre y 10 y 30 % inicialmente.

Por el trabajo que ha realizado la Fundación en la zona , se hace fácil la aproximación a través de las secretarias de salud de los municipios para allegar la información a las familias , para su convocatoria.

Con la llegada al sector de 400 empleados , el potencial del café- boutique se potencializa y con el la comercialización de los productos y servicios de la Fundación.

Por la proximidad de Chía , con Bogotá se hace viable que el servicio se atractivo también para la población con síndrome de Down que habita allí en el sector norte.

  1. Tendencias.

 

Las familias de Chicos con Síndrome de Down , están en una búsqueda permanente de oportunidades que les permitan un normal desarrollo e inclusión laboral  y principalmente las de los chicos en edad productiva y que  estando desescolarizados, necesitan trabajar en proyecto de vida.

Las madres que se han dedicado al cuidado y atención de los chicos necesitan apoyarles y generar con ellos opciones de ingresos familiares que permitan mejorar su calidad de vida.

 

 

Competitive Advantages: Describe your top competitors in Colombia and globally. Remember that there are direct and indirect competitors, so include both if relevant. Enumerate and explain your main competitive advantages. Include IP protection.

No hay competencia , dado que la oferta esta enfocada principalmente en los chicos , mas no en la familia (madre e hijo) de manera integral para desarrollo de proyectos productivos. Las familias de Chicos con Síndrome de Down , están en una búsqueda permanente de oportunidades que les permitan un normal desarrollo e inclusión laboral  y principalmente las de los chicos en edad productiva y que  estando desescolarizados, necesitan trabajar en proyecto de vida.

 

 

Market fit: Describe how much your solution has been validated by potential customers and provide references that have tried or reviewed your solution.

Las madres que se han dedicado al cuidado y atención de los chicos necesitan apoyarles y generar con ellos opciones de ingresos familiares que permitan mejorar su calidad de vida.

De manera natural y espontánea, algunas familias han diseñado la forma de emprender con sus hijos y apoyarlos creando emprendimientos que les permiten desarrollar sus potenciales. La idea es a través del TALLER HUMANO generar el espacio de capacitación , formación y generación de emprendimientos para generar oportunidades a estas familias,oportunidades que quizá no han contemplado dado el panorama social tan excluyente.

 

Caso exitosos en otras apartes del mundo:

 

https://www.youtube.com/watch?v=D2uNuQv6nrw

 

en Colombia:

 

http://www.sentirpositivo.com/mobile/index.php?Pag=149&art=Dos-jovenes-empresarios-con-sindrome-de-Down

 

https://www.youtube.com/watch?v=0566fR9CTJQ&feature=youtu.be

 

 

Strategy and plans: Explain your business model and go-to-market strategy. Include partnerships you are considering and your key performance indicators.

La Fundación De  Angeles y Mariposas es una entidad sin ánimo de lucro creada en el 2011 con el propósito  de apoyar a las familias de chicos con Síndrome de Down principalmente, y contribuir a la disminución de las tasas de suicidio a través de la sensibilización con talleres y conferencias. Para ello ha creado EL TALLER HUMANO desde el cual con talleres, seminarios, conferencias, realiza procesos de fortalecimiento del ser Humano  con un enfoque HOLISTICO, mediante la entrega de diferentes herramientas para aprender a vivir y de esta manera cubrir los dos objetivos principales.

En este caso nuestro interés es potencializar el TALLER HUMANO , dirigido a las madres de los chicos con Síndrome de Down y a sus hijos ,para desarrollar con ellos conjuntamente PROPOSUO DE VIDA Y PROYECTO DE VIDA , conjunto, aprovechando las habilidades de cada uno en beneficio de ellos y de la comunidad , generando con esto consciencia de Responsabilidad Social  y logrando sensibilizar la sociedad en torno al los derechos fundamentales de esta población y de sus familias.

El Objetivo es reabrir la sede de la Fundación ahora en Chia y  que había funcionado en Cogua antiguamente.

La convocatoria para estas familias se realizara mediante alianza con los municipios de Sabana Centro con quienes de alguna manera ya existen vínculos por el desarrollo de diferentes actividades con los dos tipos de población.

El mercado potencial para la venta de productos  se encuentra no solo en la zona, sino en le sector y en e municipio y a través de la promoción por las redes sociales de la Fundación y de su gestora y Fundadora.

La idea es involucrar a la ASOCIANCION DE EMPRESARIOS DEL MUNICIPO Y DE SABANA CENTRO, para que desde sus programas de Responsabilidad Social apoyen la compra de los productos.

 

Indicadores :

 

Número de familias /Número de Proyectos Productivos=  % de participación por proyecto

ventas por `proyecto productivo / Volumen de ventas total  = % de participación por proyecto

Total ventas / aporte a la Fundación para sostenibilidad= % de contribución

Numero de clientes

 

Total participantes en talleres / número de talleres= promedio se asistentes por taller

Numero de asistentes por taller / total asistentes a talleres = % de participacion por taller

 

 

Team: Describe your main team and ownership. Include brief bio of team members.

La Fundación fue gestada y fundada por Leonor Adriana Díaz Sánchez (100%), con el apoyo moral de Martha Carolina Reyes y Nicolás Vargas Diaz (mi hijo)

Leonor Adriana Díaz Sánchez

Shakti-Seva/lads

Terapeuta Holística Transformacional

Conferencista

 

Mujer emprendedora, resiliente e inspiradora, que a través de experiencias retadoras en su vida, reencontró su propósito de vida desde hace 15 años, transformándola para ponerla al servicio de la humanidad, mediante la creación de la Fundación De ángeles y Mariposas que dirige, con dos ejes temáticos inspirados directamente por dos de sus hijos: El Síndrome de Down y el Suicidio, dos acontecimientos que trasformaron su vida.

Es constructivista y humanista, defensora de la vida y los derechos de las personas en condición de discapacidad y en situación de vulnerabilidad. Espiritual ,mas no religiosa, no busca adoctrinar ni ser adoctrinada, solo trasmitir su conocimiento y experiencias para facilitar procesos de transformación integral para un mejor vivir.

Consultora y Asesora en Programas de Inclusión para Personas con Discapacidad Cognitiva, especialmente Síndrome de Down. Conferencista y Tallerista especializada en temas de prevención de suicidio, crecimiento personal y espiritual y clima organizacional, ha dictado conferencias en diferentes ciudades y escenarios académicos, educativos,  culturales y empresariales.

Administradora Financiera de profesión, Comunicadora Social de Corazón, Trabajadora Social de Vocación y Psicóloga de Convicción, Terapeuta Holística y Transformacional. Se ha desempeñado en cargos Directivos en áreas, Comercial, Administrativa, Logística, Financiera. Es Auditora Interna de Calidad, con manejo en temas Ambientales y de Responsabilidad Social.

Terapeuta Holística Transformacional. Investigadora, estudiosa y testimonio de los temas que maneja, lo que le permite llevar con autoridad moral el mensaje que comunica. Se define como Artesana de Almas y canal de luz, en la misión que asumió. Es Maestra en Reiki Unitario, Terapeuta en Reiki Usui tradicional, Reiki Kahuna y canalizadora de ángeles, terapeuta vibro acústica, maestra de meditación y técnicas de respiración y relajación, acompañante es procesos de sanación interior y crecimiento personal y espiritual, entre otras especialidades holísticas, que ha recibido de    facilitadores   y maestros de diferentes linajes espirituales, prácticas y conocimientos que le han permitido desarrollar y potencializar su Inteligencia Espiritual para aplicarla en su vida diaria para trasmitirla a otros seres.

Ha realizado diferentes entrevistas y programas de radio y televisión tanto para Colombia como para México y Uruguay, dedicado los últimos años de su vida a investigar y profundizar en los temas que la Fundación maneja a través del TALLER HUMANO, que entrega herramientas para aprender a vivir,  impactando directamente la vida de las personas con quienes tiene contacto, tanto personalmente, como en diferentes puntos del planeta vía on line. Ha dictado conferencias y realizado talleres en diferentes escenarios educativos, culturales  y empresariales, en diferentes ciudades del país.

Perfil personal:

 

Perfil de la Fundación De Ángeles y Mariposas “ Rescatando Planeta, Cultura y Vida” y el programa de prevención de Suicidio.

Se recomienda ver la siguiente información para ampliar sobre actividades que ha realizado a través de la Fundación

Videos de presentación:

https://www.youtube.com/watch?v=s4qAjHjikTs

https://www.youtube.com/watch?v=h3MgiEdZ0qM&t=30s

https://www.youtube.com/watch?v=s4qAjHjikTs

https://www.facebook.com/pg/DEANGELESYMARIPOSAS/events/?ref=page_internal

https://www.facebook.com/pg/DEANGELESYMARIPOSAS/events/?ref=page_internal

 

Martha Carolina Vargas Reyes (cofundadora) 

Administradora del Politécnico GranColobiano, Cómplice y amiga en este proyecto y apoyo moral se desempeño en diferentes cargos de sector privado y publico, madre de 3 hijos, actualmente reside fuera del País.

 

Nicolas Vargas Díaz  (hijo - cofundador)

Artista, tatuador profesional, apoya la Fundación con su proyecto Tatto Noel , con el cual coadyuva a la consecución de regalos para la celebración de la Navidad de la Fundación, que fue concebida para celebrar la Navidad a niños con Síndrome de Down e escasos recursos, de las Sabana de Bogota y que cda año se celebra en un municipio diferente de la zona.

 

Financials and Capital needs: Provide 3 years projections. Describe main milestones to be reached.

 

 

 

PLAN DE NEGOCIO

 

 

 

I.              ASPECTOS BASICOS

 

  • NOMBRE DEL PLAN DE NEGOCIO:

Sede Básica para Centro Integral Para el Desarrollo Humano “ DeAngei”

 

1.2       OBJETIVOS.

El Centro Integral para el desarrollo Humano , tiene como fin ejecutar los programas que la Fundación ha diseñado para brindar soluciones integrales en dos aéreas: la discapacidad cognitiva y  el suicidio.

Es un espacio pensado para potencializar la habilidades cognitivas a través del desarrollo de las habilidades artísticas, trabajando proyecto  de vida con su población objetivo.

 

 

1.2.1     Objetivo General:

 

Generar espacios inclusivos que apoyen los procesos de habilitación  de las personas con discapacidad cognitiva, especialmente con Síndrome de Down, desde, con y hacia el aporte  de las expresiones artísticas, culturales y científicas.

 

Propender por el rescate del planeta, la cultura y la vida, creando conciencia de Responsabilidad Social .

 

Contribuir a la disminución de las tasas de suicidio, a través de campañas de prevención y acompañamiento a familias, realizando de campañas de recuperación  de Valores y  reconstrucción de tejido Social trabajando sobre proyecto de vida y proyectos productivos.

 

 

1.2.2     Objetivos Específicos: Se encuentran enmarcados en los siguientes programas de la Fundación

 

  • Inclusión al Aula: Lograr que la inclusión al aula sea una realidad, mediante la capacitación de los docentes y la preparación preliminar de los niños y la comunidad educativa.
  • Inclusión Laboral. Mejorar los índices de contratación de la población discapacitada, sensibilizando y socializando con las empresas  los beneficios sociales y tributarios.  Igualmente capacitando, tanto a los empresarios como a la población discapacitada, para lograr la sinergia necesaria que beneficie a las partes; a unos en el aspecto tributario y a los otros con el mejoramiento de la calidad de vida.

 

  • Inclusión Socio-cultural. Hacer de público conocimiento los derechos de la población discapacitada, a través de campañas de divulgación, foros, congresos, etc. con el fin de generar los espacios necesarios que les permitan interactuar en la sociedad sin limitaciones.

Formar y capacitar en áreas artísticas, tales como música, pintura, danza, escultura, canto y diferentes artes y oficios  y promover  eventos  que les permitan darse a conocer y generar ingresos.

 

  • Recrearte-reciclando. Desarrollar habilidades creativas y artísticas a través de la capacitación en el manejo de productos reciclables, para crear piezas nuevas y funcionales que sean comercializables.

Generar alternativas de negocio a la población vulnerable, involucrando a las empresas para que donen el material reciclado.

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Realizar capacitación sobre reciclaje a las    empresas involucradas en el proceso.

 

  • Vida la vida viva. Contribuir a disminuir las tasas de suicidio, a través de conferencias, seminarios, foros, encuentros, eventos y capacitación con el fin de realizar  campañas de prevención.

Crear redes de apoyo tanto para las familias  de la población discapacitada, como las familias de los suicidas y trabajar con ellos en proyecto de Vida y proyectos productivos.

Lograr la recuperación de valores y tejido social.

 

  • Cuidando Cuidadores: Contribuir a mejorar la Calidad de Vida de las personas en situación de discapacidad (familias o cuidadores) ya que ellas requieren de apoyo, asesoría, cuidado, esparcimiento y acompañamiento,  para poder continuar con su labor de una manera adecuada sin agotarse ni enfermarse.

Apoyar a las familias en el proceso de inclusión social, laboral y manejo de duelo, proyecto de vida y proyectos productivos.

  • Centro de Investigación. Lograr  la implementación de la tecnología de punta y de los avances médicos y científicos y todas aquellas terapias complementarias y alternativas, que contribuyen a la rehabilitación y habilitación de nuestra población objetivo.

 

1.3 JUSTIFICACION

Se entiende por proyecto sostenible aquel conjunto de acciones debidamente planificadas, que actúan con respeto y armonía sobre el medio social y natural, con el objetivo de lograr mejoras permanentes en la calidad de vida de una población.

El proyecto de la Fundación basa sus acciones en el medio social y ha sido creada para mejorar la calidad de vida de nuestra población objetivo: personas con discapacidad cognitiva, especialmente Síndrome de Down y sus familias,  juventud y familia, trabajando sobre proyecto de vida y proyectos productivos en los que la responsabilidad con el entorno es fundamental, creando conciencia de responsabilidad social en todos sus programas.

 

1.4 ANTECEDENTES.

 

1.4.1. CARACTERISTICAS GENERALES DEL AREA DEL PLAN DE NEGOCIO.

Dentro de los diferentes municipios y en Bogotá inclusive , se ofrecen servicios de atención netamente terapéuticos, que no proporcionan soluciones reales a la problemática de exclusión social que se presenta en esta población. Esto impide que las personas con Sindrome de Down y otras condiciones de discapacidad cognitiva no tengan alternativas para tener un desarrollo y desenvolvimiento normal dentro de la Sociedad Colombiana. Todo lo anterior hace que sigan siendo dependientes e improductivos y no puedan desarrollar el potencial que poseen, por falta de oportunidades.

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1.4.2.    POLITICAS Y NORMAS GUBERNAMENTALES.

 

OBLIGACIONES DEL ESTADO Y LA SOCIEDAD.

 

Artículo 5°. Garantía del ejercicio efectivo de todos los derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión. Las entidades públicas del orden nacional, departamental, municipal, distrital y local, en el marco del Sistema Nacional de Discapacidad, son responsables de la inclusión real y efectiva de las personas con discapacidad, debiendo asegurar que todas las políticas, planes y programas, garanticen el ejercicio total y efectivo de sus derechos, de conformidad con el artículo 3º literal c), de Ley 1346 de 2009. Para tal fin, las autoridades públicas deberán, entre otras, implementar las siguientes acciones:

 

  1. Adoptar las medidas necesarias para dar cumplimiento a las obligaciones adquiridas, según el artículo 4° de la Ley 1346 de 2009.

 

  1. La Nación, los departamentos, distritos, municipios y localidades, de acuerdo con sus competencias, así como todas las entidades estatales de todos los órdenes territoriales, incorporarán en sus planes de desarrollo tanto nacionales como territoriales, así como en los respectivos sectoriales e institucionales, su respectiva política pública de discapacidad, con base en la Ley 1145 de 2007, con el fin de garantizar el ejercicio efectivo de los derechos de las personas con discapacidad, y así mismo, garantizar el acceso real y efectivo de las personas con discapacidad y sus familias a los diferentes servicios sociales que se ofrecen al resto de ciudadanos.

 

  1. Asegurar que en el diseño, ejecución, seguimiento, monitoreo y evaluación de sus planes, programas y proyectos se incluya un enfoque diferencial que permita garantizar que las personas con discapacidad se beneficien en igualdad de condiciones y en términos de equidad con las demás personas del respectivo plan, programa o proyecto.

 

  1. Incorporar en su presupuesto y planes de inversiones, los recursos necesarios destinados para implementar los ajustes razonables que se requieran para que las personas con discapacidad puedan acceder a un determinado bien o servicio social, y publicar esta información para consulta de los ciudadanos.

 

  1. Implementar mecanismos para mantener actualizado el registro para la localización y caracterización de las personas con discapacidad, integrados en el sistema de información de la protección social, administrado por el Ministerio de Salud y Protección Social.

 

  1. Tomar las medidas tendientes a incentivar y orientar las estrategias de cooperación internacional e inversión social privada para generar programas y proyectos tendientes a mejorar las condiciones de las personas con discapacidad, así como en la implementación de ajustes razonables y acciones de inclusión social de las personas con discapacidad, bajo la coordinación de la agencia colombiana de cooperación internacional o quien haga sus veces.

 

  1. Implementar los mecanismos necesarios para garantizar la participación plena de las personas con discapacidad en la formulación de las diferentes políticas públicas.

 

  1. Todos los Ministerios, en concordancia con la directriz del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Departamento Nacional de Planeación, elaborarán un plan interinstitucional en un término no mayor a dos (2) años, en el que, se determinen los recursos requeridos para la protección de los derechos de las personas con discapacidad. El gobierno Nacional apropiará los recursos necesarios en concordancia con el Acto Legislativo 03 de 2011.

 

  1. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Departamento Nacional de Planeación, elaborarán anualmente los estudios económicos requeridos que permitan establecer progresivamente, en el marco fiscal de mediano plazo, los montos de los recursos necesarios a incluir dentro del presupuesto nacional destinados al cumplimiento de las políticas, planes, programas y proyectos que garanticen el ejercicio total y efectivo de los derechos de las personas con discapacidad. En concordancia con las obligaciones adquiridas por Colombia en los numerales 1º literal a, y 2º, del artículo 4, Ley 1346 de 2009.

 

  1. Las entidades públicas del orden nacional, departamental, municipal, distrital y local incluirán en sus presupuestos anuales, en forma progresiva, en el marco fiscal a mediano plazo, las partidas necesarias para hacer efectivas las acciones contenidas en favor del ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad.

 

  1. El Ministerio del Interior, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, y el Ministerio de Trabajo, o quienes hagan sus veces dispondrán los mecanismos necesarios para la integración de un Consejo para la Inclusión de la Discapacidad.

 

  1. El Departamento nacional de Planeación – DNP adoptará las medidas pertinentes para que cuando las familias tengan una o varias personas con discapacidad, el puntaje en la clasificación socioeconómica esté acorde al tipo de discapacidad y al grado de deficiencia otorgado por la instancia autorizada, con el fin de que se facilite el registro de estos grupos familiares en el SISBÉN y en consecuencia el acceso a los programas sociales.

 

  1. Las administraciones territoriales deben incluir en sus planes de desarrollo acciones para fortalecer el Registro de Localización y Caracterización de las Personas con Discapacidad – RLCPCD, integrado al Sistema de Información de la Protección Social – SISPRO, e incorporar la variable discapacidad en los demás sistemas de protección social y sus registros administrativos.

 

Artículo 6°. Deberes de la sociedad. Son deberes de la familia, las empresas privadas, las organizaciones no gubernamentales, los gremios y la sociedad en general:

 

  1. Integrar las veedurías locales y municipales.

 

  1. Las empresas, los gremios, las organizaciones no gubernamentales, las cámaras de comercio, los sindicatos y organizaciones de personas con discapacidad, integrarán el Consejo para la Inclusión de la Discapacidad, que para el efecto se crea en el numeral 11 del artículo 5°. Este consejo tendrá como fin coordinar las acciones que el sector privado adelante con el fin de coadyuvar al ejercicio de los derechos y la inclusión de las personas con discapacidad.

 

  1. Promover, difundir, respetar y visibilizar el ejercicio efectivo de todos los derechos de las personas con discapacidad.

 

  1. Asumir la responsabilidad compartida de evitar y eliminar barreras actitudinales, sociales, culturales, físicas, arquitectónicas, de comunicación, y de cualquier otro tipo, que impidan la efectiva participación de las personas con discapacidad y sus familias.

 

  1. Participar en la construcción e implementación de las políticas de inclusión social de las personas con discapacidad.

 

  1. Velar por el respeto y garantía de los derechos de las personas con discapacidad.

 

  1. Denunciar cualquier acto de exclusión, discriminación o segregación contra las personas con discapacidad.

 

Artículo 7°. Derechos de los niños y niñas con discapacidad. De acuerdo con la Constitución Política, la Ley de Infancia y Adolescencia, el artículo 7º de la Ley 1346 de 2009, todos los niños y niñas con discapacidad deben gozar plenamente de sus derechos en igualdad de condiciones con los demás niños y niñas. Para garantizar el ejercicio efectivo de los derechos de los niños y niñas con discapacidad, el Gobierno Nacional, los Gobiernos Departamentales y Municipales, a través de las instancias y organismos responsables, deberán adoptar las siguientes medidas:

 

  1. Integrar a todas las políticas y estrategias de atención y protección de la primera infancia, mecanismos especiales de inclusión para el ejercicio de los derechos de los niños y niñas con discapacidad.

 

  1. Establecer programas de detección precoz de discapacidad y atención temprana para los niños y niñas que durante la primera infancia y tengan con alto riesgo para adquirir una discapacidad o con discapacidad.

 

  1. Las Direcciones Territoriales de Salud, Seccionales de Salud de cada departamento, distritos y municipios, establecerán programas de apoyo y orientación a madres gestantes de niños o niñas con alto riesgo de adquirir una discapacidad o con discapacidad; que les acompañen en su embarazo, desarrollando propuestas de formación en estimulación intrauterinas, y acompañamiento durante la primera infancia.

 

  1. Todos los Ministerios y entidades del Gobierno Nacional, garantizarán el servicio de habilitación y rehabilitación integral de los niños y niñas con discapacidad de manera que en todo tiempo puedan gozar de sus derechos y estructurar y mantener mecanismos de orientación y apoyo a sus familias.

 

  1. El Ministerio de Educación o quien haga sus veces establecerá estrategias de promoción y pedagogía de los derechos de los niños y niñas con discapacidad.

 

  1. El Ministerio de Educación diseñará los programas tendientes a asegurar la educación inicial inclusiva pertinente de los niños y niñas con discapacidad en las escuelas, según su diversidad.

 

Artículo 12. Derecho a la protección social. Las personas con discapacidad tienen derecho a la protección social especial del Estado, en concordancia con artículo 28 de la Ley 1346 de 2009. Para la garantía del ejercicio total y efectivo del derecho a la protección social, el Ministerio de Trabajo o quien haga sus veces, y demás autoridades competentes, adoptarán entre otras, las siguientes medidas:

 

  1. Establecer mecanismos que favorezcan la formalización del empleo de las personas con discapacidad, así como programas de aseguramiento en riesgos laborales y no laborales.

 

  1. Establecer programas de apoyo y acompañamiento a las madres y padres de personas con discapacidad desde la gestación, y durante los primeros 2 años de vida de la niña y el niño.

 

  1. Las entidades territoriales competentes y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, o el ente que haga sus veces, deberán establecer y/o fortalecer, un programa de apoyo y acompañamiento a las familias de las personas con discapacidad, debidamente articulado con otros programas o estrategias de inclusión, desarrollo social y de superación de la pobreza.

 

  1. Asegurar que los sistemas, servicios y programas de bienestar, protección y promoción social y compensación familiar incluyan mecanismos especiales para la inclusión de las personas con discapacidad y la promoción de sus derechos, y además establezcan mecanismos de seguimiento.

 

  1. Las entidades territoriales competentes, y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, o el ente que haga sus veces, deberán ajustar y establecer programas de apoyo, acompañamiento y formación a las familias de las personas con discapacidad, y a las redes de apoyo de las personas con discapacidad, en alianza con el SENA y demás entidades competentes.

 

Artículo 13. Derecho al trabajo. Todas las personas con discapacidad tienen derecho al trabajo. Para garantizar el ejercicio efectivo del derecho al trabajo de las personas con discapacidad, en términos de igualdad de oportunidades, equidad e inclusión, en concordancia con el artículo 27 de la Ley 1346 de 2009, el Ministerio de Trabajo o quien haga sus veces y demás entidades competentes establecerán entre otras, las siguientes medidas:

 

  1. El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Departamento Nacional de Planeación o de quienes hagan sus veces, expedirá el decreto reglamentario que establezca una puntuación adicional en los procesos de licitación pública, concurso de méritos y contratación directa, para las empresas que en su planta de personal tengan personas con discapacidad contratadas con todas las exigencias y garantías legalmente establecidas, y para las empresas de personas con discapacidad, familiares y tutores.

 

  1. El Ministerio de Trabajo o quien haga sus veces deberá:

 

  1. a) Garantizar la capacitación y formación al trabajo de las personas con discapacidad y sus familias, teniendo en cuenta la oferta laboral del país;

 

  1. b) Fortalecer el programa de ubicación laboral de las personas con discapacidad, mediante estrategias de promoción direccionadas hacia el sector empresarial, incentivando además los servicios de apoyo de acompañamiento a las empresas;

 

  1. c) Desarrollar planes y programas de inclusión laboral y generación de ingresos flexibles para las personas que por su discapacidad severa o discapacidad múltiple, no puedan ser fácilmente incluidos por el mercado laboral, o vinculados en sistemas de producción rentables o empleos regulares. Para el efecto, deberá fijar estrategias protegidas o asistidas de generación de ingresos o empleo que garanticen en cualquiera de las formas ingresos dignos y en las condiciones de seguridad social que correspondan, y permitien do a sus cuidadoras y cuidadores, y sus familias, las posibilidades de intervenir en estos procesos;

 

  1. d) Fomentar la creación y fortalecimiento de unidades productivas, por medio de: capacitación técnica y empresarial, líneas de crédito específicas para aquellos casos en que los solicitantes sean personas con discapacidad y/o sus familias, con una baja tasa de interés, apoyo con tecnologías de la información y la comunicación, y diseño de páginas Web para la difusión de sus productos, dando prelación a la distribución, venta y adquisición de sus productos por parte de las entidades públicas;

 

  1. e) Incentivar el desarrollo de negocios inclusivos y fortalecer el emprendimiento y crecimiento empresarial de las entidades que propenden por la independencia y superación de la población con discapacidad, mediante programas de intermediación de mercados que potencien la producción, la comercialización o venta de servicios generados por esta población, a partir del financiamiento con recursos específicos y estrategias dirigidas;
  2. f) En coordinación con el departamento administrativo de la función pública, asegurar que el Estado a través de todos los órganos, organismos y entidades de los niveles nacional, departamental, distrital y municipal, en los sectores central y descentralizado, deberá vincular un porcentaje de personas con discapacidad dentro de los cargos existentes, el cual deberá ser publicado al comienzo del año fiscal mediante mecanismos accesibles a la población con discapacidad.

 

  1. El Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, deberá:

 

  1. a) Asegurar la inclusión efectiva de las personas con discapacidad a todos sus programas y servicios de la entidad, además garantizar su acceso a los diferentes servicios de apoyo pedagógico;

 

  1. b) Garantizar la prestación del servicio de intérpretes de lengua de señas y guías intérpretes, para la población con discapacidad auditiva y sordoceguera, y ayudas tecnológicas para las personas con discapacidad visual, así como los apoyos específicos que requieren las personas con discapacidad intelectual.

 

  1. c) Garantizar asesoría y acompañamiento a los empresarios que deseen contratar personas con discapacidad;

 

  1. d) Asegurar la capacitación y formación al trabajo de las personas con discapacidad teniendo en cuenta la oferta laboral del país;

 

  1. e) Fortalecer el Servicio Nacional de Empleo SNE de cada Regional para que garantice el acceso y beneficio de las personas con discapacidad mediante estrategias de promoción direccionadas hacia el sector empresarial;

 

  1. f) Otorgar títulos de formación profesional en diferentes áreas, a partir del reconocimiento de los procesos formativos que realizan las organizaciones de y para personas con discapacidad, que cumplan con los requisitos establecidos por esta entidad;

 

  1. g) Formar evaluadores en procesos de certificación de evaluación de competencias en diferentes áreas, que permitan a las personas con discapacidad adquirir una certificación de competencias laborales de acuerdo a su experiencia;

 

  1. El Fondo Nacional de Ahorro o quien hagas sus veces, otorgará créditos de vivienda y educación para las personas con discapacidad, con una tasa de interés preferencial. El Fondo reglamentará la materia.
  2. El Banco de Comercio Exterior de Colombia, Bancóldex, creará líneas de crédito con tasas de interés blandas, para los emprendimientos económicos o de las empresas en que sean titulares las personas con discapacidad en el 20%.

 

6 Los empresarios y empleadores que vinculen laboralmente personas con discapacidad, tendrán además de lo establecido en el capítulo IV de la Ley 361 de 1997, los estímulos económicos que establezca el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, de conformidad al artículo 27 numeral 1 literales h), i) de la Ley 1346 de 2009.

 

  1. El Gobierno Nacional deberá implementar mediante Decreto reglamentario un sistema de preferencias a favor de los empleadores particulares que vinculen laboralmente personas con discapacidad debidamente certificadas, en un porcentaje mínimo del 10% de su planta de trabajadores. Tal sistema de preferencias será aplicable a los procesos de adjudicación y celebración de contratos, y al otorgamiento de créditos o subvenciones de organismos estatales.

 

  1. Los gobiernos nacional, departamentales, distritales y municipales, deberán fijar mediante decreto reglamentario, en los procesos de selección de los contratistas y proveedores, un sistema de preferencias a favor de las personas con discapacidad.

 

Artículo 14. Acceso y accesibilidad. Como manifestación directa de la igualdad material y con el objetivo de fomentar la vida autónoma e independiente de las personas con discapacidad, las entidades del orden nacional, departamental, distrital y local garantizarán el acceso de estas personas, en igualdad de condiciones, al entorno físico, al transporte, a la información y a las comunicaciones, incluidos los sistemas y tecnologías de la información y las comunicaciones, el espacio público, los bienes públicos, los lugares abiertos al público y los servicios públicos, tanto en zonas urbanas como rurales. Para garantizarlo se adoptarán las siguientes medidas:

 

  1. Corresponde a las entidades públicas y privadas encargadas de la prestación de los servicios públicos, de cualquier naturaleza, tipo y nivel, desarrollar sus funciones, competencias, objetos sociales, y en general, todas las actividades, siguiendo los postulados del diseño universal, de manera que no se excluya o limite el acceso en condiciones de igualdad, en todo o en parte, a ninguna persona en razón de su discapacidad. Para ello, dichas entidades deberán diseñar, implementar y financiar todos los ajustes razonables que sean necesarios para cumplir con los fines del artículo 9° de la Ley 1346 de 2009.

 

  1. El servicio público del transporte deberá ser accesible a todas las personas con discapacidad. Todos los sistemas, medios y modos en que a partir de la promulgación de la presente ley se contraten deberán ajustarse a los postulados del diseño universal. Aquellos que funcionan actualmente deberán adoptar planes integrales de accesibilidad que garanticen un avance progresivo de estos postulados, de manera que en un término de máximo 10 años logren niveles que superen el 80% de la accesibilidad total. Para la implementación de ajustes razonables deberán ser diseñados, implementados y financiados por el responsable de la prestación directa del servicio.

 

  1. Las entidades municipales y distritales, con el apoyo del gobierno departamental y nacional, y respetando la autonomía de cada región, deberán diseñar, en un término no mayor a 1 año, un plan de adecuación de vías y espacios públicos, así como de accesibilidad al espacio público y a los bienes públicos de su circunscripción. En dicho plan deberán fijarse los ajustes razonables necesarios para avanzar progresivamente en la inclusión de las personas con discapacidad, establecer un presupuesto y un cronograma que, en no más de 10 años, permita avanzar en niveles de accesibilidad del 80% como mínimo. Dicho plan deberá fijar los criterios de diseño universal que deberán ser acatados en todas las obras públicas y privadas de la entidad pública a partir de su adopción.

 

  1. Implementar las medidas apropiadas para identificar y eliminar los obstáculos y para asegurar la accesibilidad universal de todas las personas con discapacidad al ambiente construido, transporte, información y comunicación, incluyendo las tecnologías de información y comunicación y otros servicios, asegurando las condiciones para que las personas con discapacidad puedan vivir independientemente.
  2. Dar efectivo cumplimiento a la normativa sobre accesibilidad en la construcción o adecuación de las obras que se ejecuten sobre el espacio público y

privado, que presten servicios al público debiendo cumplir con los plazos señalados.

  1. Asegurar que todos los servicios de baños públicos sean accesibles para las personas con discapacidad.

 

  1. Todas las entidades públicas o privadas atenderán de manera prioritaria a las personas con discapacidad, en los casos de turnos o filas de usuarios de cualquier tipo de servicio público o abierto al público.

 

  1. El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, o quien haga sus veces, deberá establecer un mecanismo de control, vigilancia y sanción para que las alcaldías y curadurías garanticen que todas las licencias y construcciones garanticen la accesibilidad de las personas con discapacidad. Así mismo, establecerá medidas de coordinación interinstitucional para que las entidades territoriales garanticen rutas y circuitos accesibles para las personas con discapacidad, articulados con los paraderos y demás sistemas de transporte local.

 

  1. Las entidades de educación superior adecuarán sus campus o instalaciones para garantizar la accesibilidad de las personas con discapacidad.

 

  1. Los teatros, auditorios, cines y espacios culturales destinados para eventos públicos, adecuarán sus instalaciones para garantizar la accesibilidad de las personas con discapacidad.

 

  1. Dar efectivo cumplimiento a la normativa sobre accesibilidad en escenarios deportivos, recreativos y culturales en la construcción o adecuación de las obras existentes o por realizar.

 

Parágrafo. Las disposiciones del presente artículo se implementarán en concordancia con la Ley 1287 de 2009 y las demás normas relacionadas con la accesibilidad de la población con discapacidad.

 

Artículo 15. Derecho al transporte. Las personas con discapacidad tienen derecho al uso efectivo de todos los sistemas de transporte en concordancia con el artículo 9º, numeral 1, literal a) y el artículo 20, de la Ley 1346 de 2009. Para garantizar el ejercicio efectivo de este derecho, el Ministerio de Transporte, la Superintendencia de Puertos y Transporte, la Aeronáutica Civil y demás entidades relacionadas deben adoptar las siguientes medidas:

 

  1. Asegurar que los sistemas de transporte integrado masivo cumplan, en su totalidad, desde la fase de diseño, con las normas de accesibilidad para las personas con discapacidad.

 

  1. La señalización de los aeropuertos, terminales de transporte aéreo, terrestre, fluvial y marítimo, medios de transporte masivo y espacios públicos, deberán contar con el uso de símbolos adecuados en el marco del diseño universal. Esta señalización debe estar acompañada de campañas cívicas de sensibilización y de difusión adecuadas, flexibles y de amplia cobertura.

 

  1. Las autoridades deberán adecuar las vías, aeropuertos y terminales, para garantizar el ejercicio efectivo del derecho a la accesibilidad de las personas con discapacidad, en un término no mayor a ocho (8) años.

 

  1. Los aeropuertos y las terminales de transporte marítimo y terrestre contarán con un servicio de guía y asistencia a personas con discapacidad.

 

  1. Adaptar en los aeropuertos, terminales de transporte y medios de transporte masivo, accesos, señales, mensajes auditivos y visuales para las personas con discapacidad.

 

  1. Los vehículos que transporten una persona con discapacidad de manera habitual, estarán exentos de las restricciones de movilidad que establezcan los departamentos y municipios (pico y placa), para lo cual el Ministerio de Transporte reglamentará dentro de los 6 meses siguientes estas excepciones.

 

  1. El Estado, mediante las autoridades competentes, sancionará el incumplimiento de los plazos de adaptación o de accesibilidad al transporte.

 

Artículo 16. Derecho a la información y comunicaciones. Las personas con discapacidad tienen derecho al ejercicio efectivo del derecho a la información y a acceder a las comunicaciones en igualdad de condiciones, en concordancia con la Ley 1346 de 2009. Para garantizar el ejercicio total y efectivo del derecho a la información y comunicaciones, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y demás entidades competentes tendrán en cuenta las siguientes medidas:

 

  1. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones TIC, adelantará un proyecto que permita masificar la utilización de software libre de los programas para personas con discapacidad.

 

  1. Dar estricto cumplimiento a las normas vigentes sobre accesibilidad y acceso a la información en los medios de comunicación debiendo cumplir con los plazos contemplados para efectuar las adecuaciones señaladas en ellas.

 

  1. Propiciar espacios en los canales de televisión estatales, nacionales y regionales con programas que incluyan la interpretación en Lenguaje de Señas Colombiana, y/o el closed caption, y/o con subtítulos.

 

  1. Desarrollar programas que faciliten el acceso a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de las personas con discapacidad, especialmente en las instituciones educativas.

 

  1. Promover estrategias de información, comunicación y educación permanentes, para incidir en el cambio de imaginarios sociales e individuales acerca de las potencialidades y capacidades de las personas con discapacidad.

 

  1. Diseñar las estrategias de información y divulgación accesibles para personas con discapacidad, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones TIC facilitarán los canales de divulgación mediante los medios de comunicación públicos y un llamado de responsabilidad social a los medios privados.

 

  1. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, adelantará un programa de capacitación en tecnologías de la información y las comunicaciones para personas con discapacidad sensorial y con deficiencias específicas que alteren las competencias para comunicarse a través del lenguaje verbal.

 

  1. Los tecnocentros deben ser accesibles para todas las personas con discapacidad y en particular contarán con software especializado que garantice el acceso a la información, a las comunicaciones y a las tecnologías de la información y las comunicaciones, de las personas con discapacidad sensorial.

 

  1. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, adelantará un programa de capacitación en tecnologías de la información y las comunicaciones para personas con discapacidad sensorial.

 

  1. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones TIC, y el programa Gobierno en Línea brindarán orientación para la accesibilidad a la información en la administración pública.

 

  1. El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, expedirá el decreto reglamentario para fijar los estándares de accesibilidad a todos los sitios web y a los medios y sistemas de información de los órganos, organismos y entidades estatales de todo orden, para que se garantice efectivamente el pleno acceso de las personas con discapacidad sensorial a dichos sitios y sistemas y la información que ellos contienen.

 

Artículo 17. Derecho a la cultura. El Estado garantizará el derecho a la cultura de las personas con discapacidad, en concordancia con la Ley 1346 de 2009. Para garantizar el ejercicio total y efectivo del derecho a la cultura, el Ministerio de Cultura deberá velar por la inclusión de las personas con discapacidad a los servicios culturales que se ofrecen a los demás ciudadanos, debiendo adoptar las siguientes medidas:

 

  1. Desde el ámbito nacional, departamental, distrital, municipal y local se debe garantizar el acceso a eventos y actividades culturales.

 

  1. Garantizar que las entidades culturales, los espacios y monumentos culturales cumplan con las normas de acceso a la información y de comunicación, y accesibilidad ambiental y arquitectónica para la población con discapacidad.

 

  1. Ubicar a nivel nacional las entidades que realizan procesos de sensibilización, desarrollo e inclusión social, con la población con discapacidad.

 

  1. Fomentar y garantizar la visibilización de las expresiones culturales propias de las Personas con Discapacidad.

 

  1. Promover la implementación del enfoque diferencial en el ejercicio efectivo de los Derechos de las personas con discapacidad.

 

  1. Crear campañas, proyectos y programas haciendo uso de las diversas expresiones artísticas y comunicativas, a través de las cuales se evidencian las potencialidades y destrezas que la población en situación de discapacidad posee, involucrando los distintos medios de comunicación para su divulgación.

 

  1. Garantizar la participación de las personas con discapacidad en el conjunto de actividades culturales que se realicen en todos los niveles de la administración pública, en los distintos municipios.

 

  1. El Ministerio de Cultura promoverá e implementará, en departamentos, distritos, municipios y localidades, la política de diversidad cultural que contempla acciones para el desarrollo de programas formativos, el desarrollo de metodologías y esquemas de inclusión pertinentes para las personas con discapacidad con ofertas adecuadas a cada tipo de discapacidad y producción de materiales, convocatorias y líneas de trabajo que reconozcan la discapacidad como una expresión de la diversidad y la diferencia.

 

  1. Garantizar la difusión y el ejercicio de los derechos culturales de la población con discapacidad.

 

  1. Garantizar que las entidades culturales que realizan proyectos con población infantil y juvenil aporten al desarrollo cultural, la expresión y la inclusión social de la población con discapacidad.

 

  1. Asegurar que el plan nacional de lectura y bibliotecas, el plan nacional de música para la convivencia, el programa batuta y el plan nacional de cultura y convivencia, entre otros, incluyan en sus procesos formativos a personas con alguna discapacidad y que evidencien aptitudes en alguna de las áreas pertinentes.

 

  1. Propiciar y fomentar el empleo de personas con discapacidad en museos, bibliotecas, y demás bienes de interés público.

 

  1. Garantizar la formación necesaria para que las personas con discapacidad puedan participar y realizar actividades culturales de manera eficiente y productiva.
  2. Asegurar que la Red Nacional de Bibliotecas sea accesible e incluyente para personas con discapacidad.

 

  1. Garantizar el derecho de las personas con discapacidad al reconocimiento y el apoyo de su identidad cultural.

 

  1. Los departamentos, municipios y distritos deben garantizar el acceso de las personas con discapacidad a los recursos IVA de telefonía móvil de acuerdo a la Ley 1393 de 2010, que en el artículo 11 adiciona el artículo 470 del Estatuto Tributario, donde se precisa que: Del total de estos recursos deberán destinar mínimo un 3% para el fomento, promoción y desarrollo del deporte, la recreación de deportistas con discapacidad, y los programas culturales y artísticos de gestores y creadores culturales con discapacidad.

 

Artículo 18. Derecho a la recreación y deporte. El Estado garantizará el derecho a la participación en la vida cultural, las actividades recreativas, el esparcimiento y el deporte de las personas con discapacidad, de conformidad con el artículo 30 de la Ley 1346 de 2009. Para garantizar el ejercicio efectivo del derecho a la recreación y el deporte, el Ministerio de Cultura, Ministerio de Educación y Coldeportes junto con los actores del Sistema Nacional del Deporte (Comité Paralímpico y Olímpico Colombiano, federaciones, ligas paralímpicas, organizaciones de y para personas con discapacidad, los Entes territoriales del deporte y la recreación), formularán e implementarán programas inclusivos y equitativos para las personas con discapacidad y los lineamientos para la práctica de educación física, recreación, actividad física y deporte para la población con discapacidad. Además, se fortalecerá el ámbito administrativo y técnico para lo cual adoptarán las siguientes medidas:

 

  1. Fortalecer el deporte de las personas con discapacidad, incluyendo el deporte paralímpico, garantizando áreas de entrenamiento, juzgamiento, apoyo médico y terapéutico, así como la clasificación funcional por parte del Sistema Nacional del Deporte.

 

  1. Fomentar la práctica del Deporte Social Comunitario como un proceso de inclusión social encaminado a potencializar las capacidades y habilidades de acuerdo al ciclo vital de las personas con discapacidad.

 

  1. Apoyar actividades deportivas de calidad para las personas con discapacidad, sin exclusión alguna de los escenarios deportivos y recreativos en lo relacionado a la accesibilidad física, de información y comunicación.

 

  1. Suministrar el soporte para el desarrollo, importación o intercambio de implementos deportivos específicos por tipo de discapacidad según estudios técnicos sobre las necesidades de las personas con discapacidad, en concordancia con las disciplinas deportivas y sin el cobro de los aranceles de importación.

 

  1. Garantizar la inclusión de las personas con discapacidad en la recreación a través de la organización y certificación de las entidades de recreación, Registro Único Nacional RUN avalado por Coldeportes Nacional. Inclusión en los currículos de los diferentes niveles de estudio sobre recreación en personas con discapacidad y la acreditación de profesionales.

 

  1. Promover la actividad física de las personas con discapacidad a través de inclusión en los currículos de los diferentes niveles de estudio, sobre actividad física para esta población, con la acreditación de profesionales y generación de estudios complementarios con énfasis en actividad física, educación física adaptada o incluyente y deporte paralímpico.

 

  1. Efectuar las medidas necesarias que garanticen la recreación para las personas con discapacidad, en condiciones de inclusión.

 

  1. Promover ajustes y abrir espacios de formación deportiva, en condiciones de igualdad y en entornos inclusivos para personas con discapacidad.

 

  1. Los incentivos a los deportistas con discapacidad han de ser los mismos que para los deportistas convencionales a nivel municipal, departamental y nacional. Esto implica un programa de deportista apoyado, incentivo a medallistas nacionales e internacionales y apoyo a las futuras glorias del deporte de personas con discapacidad.

 

  1. Motivar las organizaciones de discapacidad cognitiva, sensorial y física, para que sean parte activa de la vida cultural, recreativa y deportiva.

 

Artículo 19. Facilitación de las prácticas turísticas. El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, promoverá dentro del sector turístico la necesidad de adecuar la infraestructura turística para personas con discapacidad, de acuerdo con las normas mínimas legales vigentes, al igual que la aplicación de tarifas diferenciales entre los empresarios para este grupo de la población colombiana. Así mismo, asegurará que los sistemas de calidad del sector turístico incluyan la variable de accesibilidad para las personas con discapacidad.

 

Artículo 20. Derecho a la vivienda. El Estado garantizará el derecho a la vivienda de las personas con discapacidad, de acuerdo con el artículo 28 de la Ley 1346 de 2009. Para garantizar el ejercicio efectivo del derecho a la vivienda, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio deberá garantizar el ejercicio efectivo del derecho a la vivienda digna de las personas con discapacidad, para lo cual adoptará las siguientes medidas:

 

  1. Todo plan de vivienda de interés social deberá respetar las normas de diseño universal que también garantice la accesibilidad a las áreas comunes y al espacio público.

 

  1. El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio o quien haga sus veces, asignará subsidios de vivienda para las personas con discapacidad de los estratos 1, 2 y 3, de manera prioritaria.

 

  1. El Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio implementará en un plazo máximo de 1 año, los ajustes a su programas y políticas con el fin de asegurar los recursos y a establecer los mecanismos necesarios para que del total de los subsidios de vivienda que se asignen, como mínimo un 5% sean subsidios especiales para ajustes locativos a las viviendas y adquisición de vivienda nueva de las personas con discapacidad, con niveles de Sisbén 1, 2 y 3, atendiendo al enfoque diferencial y en concordancia del artículo 19 de la Ley 1346 de 2009.

 

Artículo 21. Acceso a la justicia. El Estado garantizará el acceso a la justicia de las personas con discapacidad, en concordancia con el artículo 13 de la Ley 1346 de 2009. Para garantizar el ejercicio efectivo de acceso a la justicia el Ministerio de Justicia y del Derecho, en alianza con el Ministerio Público, los organismos de control y la rama judicial, deberán garantizar el acceso de las personas con discapacidad en todos los programas de acceso a la Justicia. Para ello, adoptará entre otras, las siguientes medidas:

 

  1. El Ministerio de Justicia y del Derecho, y la rama judicial, deberá implementar programas de formación y gestión para la atención de casos de violación a los derechos de las personas con discapacidad, que involucren a jueces, auxiliares de justicia, casas de justicia, centros de conciliación, comisarías de familia, personerías, entre otros. Así mismo implementará programas de formación orientados a la comprensión de la discapacidad y la forma de garantizar la cabal atención y orientación a las personas con discapacidad, facilitando los servicios de apoyo requeridos para garantizar en igualdad de condiciones con las demás personas el acceso a la Justicia.

 

  1. El Ministerio de Justicia y del Derecho, o quien haga sus veces, en alianza con el Ministerio Público y las comisarías de familia y el ICBF, deberán proponer e implementar ajustes y reformas al sistema de Interdicción judicial de manera que se desarrolle un sistema que favorezca el ejercicio de la capacidad jurídica y la toma de decisiones con apoyo de las personas con discapacidad, conforme al artículo 12 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas.

 

  1. El Gobierno Nacional desarrollará un proyecto de fortalecimiento y apoyo a las organizaciones de y para personas con discapacidad en todo el país, para dar a conocer sus derechos y la forma de hacerlos efectivos.

 

  1. Las Instituciones de educación superior que cuenten con facultades de derecho y consultorios jurídicos, deberán desarrollar programas de formación y apoyo al restablecimiento de derechos de las personas con discapacidad.

 

  1. El Gobierno Nacional junto con las organizaciones nacionales e internacionales, realizará campañas de respeto hacia las personas con discapacidad, otorgando espacios a autogestores que hablen de sus experiencias conforme a la Ley 1346 de 2009.

 

 

 

II.             ESTUDIO DE MERCADEO Y COMERCIALIZACION

 

 

2.1       IDENTIFICACION DEL PRODUCTO. 

Centro Integral para el desarrollo humano. Es un espacio pensado para potencializar la habilidades cognitivas a través del desarrollo de las habilidades artísticas. Es netamente incluyente.

 

2.1.1     Nombre del producto.

            Centro Integral para el Desarrollo Humano

 

2.1.2     Historia.

La Gestora de la Fundación , La Sra. L. Adriana Díaz Sánchez, viene gestando sus programas desde hace 9 años,  basados en necesidades reales de nuestra población objetivo, conocidas desde la experiencia como  actor principal, en una  familia con un hijo con Síndrome de Down y su hija víctima del suicidio.

Teniendo como uno de sus principios fundamentales el constructivismo, crea la teoría desde la práctica y concibe sus programas basado en hechos reales y no desde la academia o los aspectos puramente teóricos.

Existe  dentro de la  Legislación y el marco Legal establecidos las derechos de las personas con Discapacidad , pero no se aplican , bien sea por desconocimiento de los  procedimientos o por negligencia y abandono del tema. En consecuencia la Fundación pretende mejorar la Calidad de Vida de su población objetivo generando alternativas de solución para la implementación y puesta en marcha de los procedimientos necesarios para los procesos de inclusión.

Igualmente tiene diseñados programas que presentan soluciones reales a la problemática, con  programas innovadores que brindaran soluciones integrales.

 

Por otra parte en lo que hace referencia al tema del suicidio, tiene diseñado un programa que  se presenta como un alternativa de solución para iniciar las campañas de sensibilización y de prevención en la sociedad, con la implementación de tecnología de punta que servirá para dichos tratamientos.

 

 

­­­­­­­­­­­­­­

 

 

 

 

 

 

Fortalezas y Debilidades.

FORTALEZAS

Organización creada (Fundación)

Programas propios diseñados especialmente para cubrir la población objetivo.

Formación profesional del equipo

 

 

OPORTUNIDADES

Poca oferta de servicios similares.

Normatividad y Políticas de Estado.

Espacios físicos accesibles

 

DEBILIDADES

Recursos económicos.

 

AMENAZAS

transporte

 

 

 

 

 

2.2       MERCADO.

.

2.2.1     Clientes.

En el municipio de Cogua hay una población  de cien personas con discapacidad cognitiva, según  censo realizado en el en el 2012, que potencialmente, requieren de nuestros servicios.

Adicionalmente sus cuidadores forman parte de nuestro público objetivo.

Las familias afiliadas a Asdown Colombia, radicadas en la Sabana Centro, de Cundinamarca.

Las Empresas del sector.

Los Alumnos de los Colegios del Municipio y de los Municipios cercanos.

Los Colegios del sector.

Jóvenes de los Municipios cercanos y sus familias.

Población detectada por las secretaria de salud, con comportamiento suicida en zipaquira.

 

2.2.2     Competencia.

  1. En el tema de Discapacidad Cognitiva, existe en algunos municipios centros estatales creadas y operados por el mismo estado, pero no cuentan con los programas necesarios para la integración de estas personas a la sociedad, ni para brindarles opciones en proyecto de vida y proyectos productivos, que les permitan mejorar su calidad de vida y su integración en la sociedad.

No existe en Colombia una sola institución que este brindando la opción de terapias con Neurofeedback, con la tecnología de punta propuesta por nuestra Fundación.

 

  1. En el Tema de Prevención de Suicidio. No existen instituciones dedicadas a ello en Cundinamarca, que tengan diseñados programas para prevención y acompañamiento a las familias sobrevivientes al suicidio.

 

2.2.3     Proveedores.

Los equipos requeridos para parte de la ejecución del Proyecto tienen soporte técnico y de mantenimiento, directo con el fabricante, de manera remota y aun cuando no tienen  representación a nivel nacional, se han realizado contactos directos con los proveedores, quienes prestan asesoría y servicios de mantenimiento. Estos equipos son de tecnología de punta y a nivel nacional esta tecnología no se produce.

 

 

2.2.4     Precios.

El valor propuesto de los servicios es competitivo, tanto en talleres como en terapias y pretende subsidiar a aquella población de menos recursos.

 

2.2.6     Estrategias de oferta de servicios.

Medios de comunicación, secretarías municipales de salud y desarrollo social, redes sociales, correo electrónico y el voz a voz, son las diferentes formas que se han de utilizar para dar a conocer el proyecto, además ya se ha realizado un trabajo previo mediante actividades con comunidad interesada, que ya conocen el producto y se tienen como clientes potenciales.

 

 

 

 

III.           ESTUDIO TECNICO

 

 

  • LOCALIZACIÓN.

El proyecto se ha de localizar en una casa campestre que cuente con facilidades de vías de comunicación.

 

3..2      Maquinaria y Equipo.

 

 

 

($000)

 

MAQUINARIA Y EQUIPO CANT. ESPECIFICACIONES TECNICAS PRECIO EN EL MERCADO
Equipo para neurofeedback

 

02

 

 

 

 

40.000

Equipo de computo 02   3.000

 

Sonido 01   500
Video ben 01   1.500
      45.000

 

 

 

 

 

 

 

 

3.3.3     Muebles y enseres.

 

($000)

 

MUEBLES Y ENSERES CANT. CLASE PRECIO EN EL MERCADO
 

Oficina

 

03

 

 

 

3.000

 

Estaciones de trabajo (terapia)

 

02

 

 

 

1.500

Recepcion y sala de espera     3.000
Gimnasio 01   3.000
Primeros auxilios y otros     1.000
Cafeteria     500.
Mesas de trabajo y sillas 20   3.000
TOTAL     15.000

 

IV.           ESTUDIO ORGANIZACIONAL Y LEGAL .

 

 

  • ORGANIZACIÓN JURIDICA.

Se tiene creada una Organización No Gubernamental Sin Ánimo de Lucro, bajo la figura de Fundación, denominada De Ángeles y Mariposas “Rescatando planeta, Cultura y Vida”.

 

 

 

 

 

 

 

 

  • PERSONAL ADMINISTRATIVO Y OPERATIVO REQUERIDO Y SU COSTO.

 

PERSONAL ADMINISTRATIVO PERSONAL OPERATIVO

CARGO

SUELDO CARGO SUELDO
Director Ejecutivo 3.000 Instructores 3.200 (*)
Asistente Administrativa 1.200 Educadora especial 1.200
    Servicios generales 500

 

 

(*) 4 facilitadores medio tiempo con una asignación  de 800. c/u .Varia según la apertura de los talleres..

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

V.            ESTUDIO FINANCIERO

 

ESTADO DE RESULTADOS PROYECTADO

Pronóstico Mensual  por un año ($000)

 

 

ANALISIS DE LOS COSTOS ( costos por año)
               
1. COSTOS DE PERSONAL cantidad c. unitario mes Año % PARTICIPACIÓN EN COSTOS COSTO NETO
  Personal directivo 1 3.000.000 3.000.000 36.000.000 100% 36.000.000
  Docentes (medio tiempo) 4 800.000 3.200.000 38.400.000 100% 38.400.000
  Educadora especial 1 1.200.000 1.200.000 14.400.000 100% 14.400.000
  Personal administrativo 1 1.200.000 1.200.000 14.400.000 100% 14.400.000
  Personal mantenimiento 1 500.000 500.000 6.000.000 100% 6.000.000
  P. de apoyo institucional            
  Dotación de suministros       200.000 100% 200.000
  Gastos deportivos y recreación       200.000 100% 200.000
  Asesores Jurídico y contable 2 300.000 600.000 7.200.000 100% 7.200.000
               
2. IMPUESTOS            
3. OTROS            
4. SEGUROS            
5. SERVICIOS            
  servicios públicos            
  agua     100.000 1.200.000 100% 1.200.000
  electricidad     80.000 960.000 100% 960.000
  internet- telefono- tv.     140.000 1.680.000 100% 1.680.000
  publicidad            
  gas     50.000      
6. MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN            
  Maquinarias     50.000 600.000 100% 600.000
  Computación     20.000 240.000 100% 240.000
  Muebles y enseres     20.000 240.000 100% 240.000
  Equipo de transporte     30.000 360.000 100% 360.000
               
7. ADECUACIÓN DE INSTALACIONES            
  Eléctricos     30.000 360.000 100% 360.000
  Ornamentales     30.000 360.000 100% 360.000
  Reparaciones locativas     30.000 360.000 100% 360.000
  otros     10.000 120.000 100% 120.000
               
8. GASTOS DE VIAJE            
9. DIVERSOS            
  elementos de aseo     20.000 240.000 100% 240.000
  útiles y papelería     20.000 240.000 100% 240.000
  taxis . Buses     10.000 120.000 100% 120.000
  parqueaderos     10.000 120.000 100% 120.000
 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

             
10. OTROS            
  Material de enseñanza     50.000 600.000 100% 600.000
  Alimentación profesores y demás personal     300.000 3.600.000 100% 3.600.000
               
11. GASTOS FINANCIEROS     25.000 300.000 100% 300.000
12. PLANTA FISICA            
  Uso del inmueble ( arriendo)     750.000 9.000.000 100% 9.000.000
        8.475.000      
  TOTAL COSTO ANUAL DEL PROYECTO           101.500.000
               
  I.V.A. SOBRE COSTO DEL SERVICIO   16%       0
  TOTAL           101.500.000

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

PROYECCION DE VENTAS

(Miles de Pesos)

Primer Semestre

 

 

PRESUPUESTO DE VENTAS: INGRESOS PRESUPUESTADOS
  producto   mes 1 mes 2 mes 3 mes 4 mes 5 mes6 mes 7-12 Total ventas Q
1 Neurofeedback Q   8 16 36 48 48 288   444
    $$$$    $    720.000  $  1.440.000  $ 3.240.000  $ 4.320.000  $    4.320.000  $   25.920.000        39.960.000  
2 Programa Q   8 20 25 30 35 210   328
    $$$    $ 2.400.000  $  6.000.000  $ 7.500.000  $ 9.000.000  $ 10.500.000  $   63.000.000  $    98.400.000  
3 Taller de escultura Q   20 20 20 20 120   210
    $$$$   2.400.000 2.400.000 2.400.000 2.400.000 14.400.000 25.200.000  
4 Taller de Vidrio Q   10 20 20 20 20 120   210
    $$$$   1.200.000 2.400.000 2.400.000 2.400.000 2.400.000 14.400.000 25.200.000  
5 Taller de Chi Qun Q   10 10 10 10 10 60   110
    $$$   1.200.000 1.200.000 1.200.000 1.200.000 1.200.000 7.200.000 13.200.000  
6 Taller de Pintura Q   10 10 10 15 15 90   150
    $$$   1.200.000 1.200.000 1.200.000 1.800.000 1.800.000 10.800.000 18.000.000  
7 Taller de Vacaciones Q   10         20   30
    $$$$   3.000.000         6.000.000 9.000.000  
        7.920.000 14.640.000 17.940.000 21.120.000 22.620.000 141.720.000 220.560.000 1.436

 

 

 

 

 

 

 

INVERSIONES DEL PLAN DE NEGOCIO ($000)

 

 

ACTIVOS FIJOS                                    PRECIO TOTAL                    

 

Equipo                                                   45.000.0

 

Muebles y Enseres                                              12.000.0

SUBTOTAL                                                       

 

 

 

TOTAL                     

 

CAPITAL DE TRABAJO         

Publicidad                                                            1.000.0

Arriendos (3 meses)                                   2.250.0

Servicios (3 meses)                                    1.200.0

Dotaciones (Café+Prim Aux)                      1.500.0

Material Enseñanza  (3 meses)                     300.0

Personal Ad/tivo (3meses)                          3.600.0

SUBTOTAL                                                         9.610.0                      

 

TOTAL DE INVERSION                                 $  64.750.0

 

 

 

 

 

 

  1. Adriana Díaz Sánchez

Directora Ejecutiva

 

 

 

 

 

Do you believe your business has an impact on your community? If so, how? This could mean an impact on your employees and their families, the people receiving your services, or the city/region overall by providing a service for the environment, health, or resilience, for example

El proyecto es de alto impacto en  la comunidad , por cuanto genera una nueva conciencia de responsabilidad frente a la inclusión de personas con discapacidad cognitiva y sensibiliza frente a la prevención del suicidio , generado consciencia de responsabilidad social .

Es de alto impacto para las familias involucradas, puesto que mejora su calidad de vida.

Es de alto impacto en el entorno no solo en el orden de sensibilización, frente a los temas que maneja, sino que provee de productos de calidad y un entorno agradable de estancia y un rato de descanso y relax para los empleados del sector.

Es de alto impacto pues permite a los jóvenes con síndrome de Down generar su proyecto de vida, mejorando su autoestima y calidad de vida, al permitirles sentirse autosuficientes.

Es de alto impacto pues genera en las empresas que se involucren, sentido claro de responsabilidad social frete al tema de a inclusión.

EntrepreneurId706
ProjectNameFUNDACIÓN DE ÁNGELES Y MARIPOSAS
StatusEnviada